En el tiempo acordados para el pago de deudas
Comunitarias, Sevigestión-Administradores de Fincas Sevilla, dirigirá comunicación a los copropietarios morosos requiriendosle para que liquiden las deudas pendientes con la
Comunidad. Se procederá a la reclamación amistosa y, en su caso a la vía judicial. La asamblea General establecerá la cantidad máxima de deuda que podrá acumular con la Comunidad antes de
comenzar las reclamaciones de las mismas.
El procedimiento especial de reclamación de cuotas de la Comunidades de Vecinos es el único de todo el ordenamiento procesal español en que concurren dos privilegios ausente de todos lo demás: en
primer lugar, dentro de las costas que tiene que pagar el contrario se incluyen los honorarios de abogado y procurador sea cual sea el importe reclamado; y en segundo lugar, de esa ventaja no
participa el comunero si fuera él quien en el mismo tipo de juicio ganara a la comunidad.
Ante el impago de las cuotas que debe un vecino, procede formular la correspondiente reclamación judicial. Para ella, solo es posible recomendarle responsablemente que acudan a un abogado, del mismo
modo que para una intervención quirúrgica sólo podría recomendársele responsablemente la actuación de un cirujano. Los demás remedios son experimentos peligrosos, incluso en el caso de un juicio
monitorio, cuya aparente simpleza puede acabar "cargándola al diablo", siendo ahora muy difícil deshacer lo mal hecho.